El resto del decreto pesa menos de lo que sugiere el debate público. La reforma laboral, declarada inválida por la Justicia en enero de 2024, hoy se rige por la Ley Bases y por la Ley 27.802 de Modernización Laboral. Las privatizaciones y la reforma energética también tienen respaldo en la Ley Bases.
Alquileres
El decreto derogó la Ley 27.551 y dejó en manos de las partes el plazo, la moneda y la forma de actualizar el precio. Si ese esquema cae y vuelve a regir el anterior, los contratos nuevos tendrían otra vez un plazo mínimo y un ajuste fijado por ley. La experiencia de 2020 a 2023 muestra lo que suele seguir: menos unidades en oferta, más alquileres temporarios o informales y precios de entrada más altos. Los contratos firmados bajo el DNU conservarían sus condiciones, de modo que podrían convivir hasta tres regímenes distintos en un mismo mercado.
Salud privada
El DNU eliminó la autorización estatal de los aumentos de las prepagas y habilitó que los trabajadores deriven sus aportes directamente a ellas. Con la derogación, las cuotas podrían volver a requerir aprobación oficial y la libre elección de obra social perdería su base legal. La experiencia previa indica que cuando la cuota queda atrasada frente a costos que crecen por encima de la inflación, el ajuste se traslada a la calidad del servicio, a los copagos y a la cadena de pagos de clínicas y prestadores.
Comercio exterior
El decreto estableció que las exportaciones e importaciones solo pueden restringirse por motivos económicos mediante una ley. Si esa regla deja de regir, el Poder Ejecutivo podría recuperar la facultad de hacerlo por decreto, como ocurrió en 2021 con la carne. A eso se sumaría el regreso de registros obligatorios para operar y de la retención de mercadería en puerto ante controversias, dos trabas que golpean más a las pymes.
El costo de la transición Lo que deja el análisis es un escenario sin shock macroeconómico, porque la derogación no toca el régimen cambiario, monetario, tributario ni laboral, pero con un impacto concentrado en gastos que los hogares sienten todos los meses, como el alquiler y la cuota de salud, y en decisiones de empresas que se toman a largo plazo. El mayor riesgo no está en ninguna norma en particular, sino en el vacío entre una regla y otra. Sin una ley de transición que defina qué normas vuelven a regir y cómo se tratan los contratos en curso, la respuesta quedaría en manos de los jueces, caso por caso, y la incertidumbre se traduciría en decisiones postergadas y más litigios.
