El fallo unánime, firmado por los jueces María Ventura Martínez, Pablo Muñoz y Gerónimo Arias, revoca parcialmente una sentencia de primera instancia y refuerza el derecho de la población a acceder a información ambiental clara y actualizada para protegerse de riesgos sanitarios colectivos.
La Plata (Por InfoGEI).-El origen del conflicto se remonta a una demanda colectiva impulsada por el colectivo Reverdecer y un grupo de vecinos, que reclamaban a ABSA la provisión de agua potable segura mediante la construcción de una planta potabilizadora. La presentación se apoyó en un informe del Instituto Tecnológico de Buenos Aires (ITBA) que detectó niveles de arsénico en el agua de la red de Roque Pérez de entre 57 y 87 microgramos por litro, muy por encima del límite máximo permitido por el Código Alimentario Argentino (10 microgramos) y de la normativa provincial (50 microgramos).
Además, los vecinos exigieron monitoreos cuatrimestrales para evaluar la presencia de agrotóxicos en el agua de consumo, un reclamo clave en una localidad atravesada por el modelo agroindustrial, donde los pozos de extracción subterránea suelen ubicarse a pocos metros de campos fumigados.
Si bien el juzgado de primera instancia había ordenado a ABSA garantizar el suministro de agua segura mediante un tanque fijo comunitario, rechazó la obligación de realizar análisis periódicos y difundir sus resultados, argumentando falta de urgencia.
Fallo controversial
La nueva resolución corrige ese punto y, en un contexto de fuerte controversia tras el reciente fallo del Tribunal Oral Federal de Rosario sobre fumigaciones en Pergamino, la Cámara platense consolida una jurisprudencia ambiental más rigurosa, alineada con el criterio de la Sala I y ahora respaldada por unanimidad.
Monitoreo y difusión
El pronunciamiento exige no solo el monitoreo sistemático, sino también la difusión de sus resultados, convirtiéndose en un instrumento clave para visibilizar una problemática que hasta ahora permanecía subestimada en la agenda pública
